Comentario-explicación del esquema
¿Qué pasa con mi dinero si quiebra mi banco?
El dinero de los particulares está asegurado con un límite
de 100.000 euros por titular
La reciente crisis de Bankia y las dudas sobre la fortaleza
del tejido bancario español puede provocar inseguridad entre los ahorradores.
La pregunta es obvia: ¿Está seguro mi dinero? ¿Hago bien dejándolo en el banco?
O por el contrario ¿Debo sacarlo de allí rápidamente?
Los expertos aseguran que no hay motivos para el
nerviosismo. Sacar el dinero no es la mejor idea. La retirada masiva de
capitales puede generar una situación de pánico bancario, creando una crisis
financiera sistémica en el país. Si todo el mundo acudiera a sacar su dinero
del banco a la vez, se podría generar un corralito como el que ocurrió en
Argentina en 2001: el sistema bancario colapsa y no se puede devolver el dinero
a ningún particular.
Sucesos como la quiebra de Banesto en el año 1993 han
servido para aprender la lección. Desde entonces existen en España los fondos
de garantía de depósitos.
Hasta el año 2011 existían tres entidades el
diferentes: El Fondo de Garantía de Establecimientos Bancarios (FGDEB), el
Fondo de Garantía de Depósitos en Cajas de Ahorros (FGDCA) y el Fondo de
Garantía de Depósitos en Cooperativas de Crédito (FGDCC).
El sistema es el siguiente:
las cajas y los bancos españoles van realizando una serie de aportaciones
periódicas que sirven para ir alimentando este depósito.
Si una entidad
financiera concreta quebraba, cada particular podía recuperar hasta 20.000
euros de él.
En el año 2011 una directiva europea creó una figura
homóloga y elevó la cantidad de dinero asegurado. El Fondo de Garantía de
Depósitos de Entidades de Crédito está regido y administrado por doce miembros,
seis designados por el Banco de España y seis por las entidades de crédito
adheridas. Este depósito permite a cada titular recuperar hasta 100.000 euros
de su cuenta bancaria si la entidad entra en números rojos. Pero, ¿Qué ocurre
si un particular tiene más dinero ahorrado? Es muy posible que de momento no
pueda recuperarlo y se convierta en acreedor de esa caja o banco.
Los expertos aconsejan repartir los ahorros y no acumular
más de 100.000 euros por titular y entidad bancaria.La mejor alternativa es,
por tanto, abrir cuentas en distintos bancos o tener varios titulares en una
misma cuenta.
El líder de la oposición se enredó aún más explicando, sin
concretar, que los mercados saben que "para que una economía pueda pagar
tiene que crecer" y los inversores "no prestan a quien no
crece". Es decir, que con el "negrísimo" cuadro macroeconómico
que el Gobierno ha presentado a Bruselas, y que se debe a la dureza del ajuste,
los inversores "se pensarán dos veces" prestar a España.
EL FONDO DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS DE ENTIDADES DE CRÉDITO
El Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito fue creado por el
Real Decreto-ley 16/2011, de 14 de octubre. Tiene personalidad jurídica propia,
con plena capacidad para el desarrollo de sus fines en régimen de derecho
privado, y su sede está en Madrid.
El Fondo tiene por objeto garantizar los depósitos en dinero y en valores u
otros instrumentos financieros constituidos en las entidades de crédito, con el
límite de 100.000 euros para los depósitos en dinero o, en el caso de depósitos
nominados en otra divisa, su equivalente aplicando los tipos de cambio
correspondientes, y de 100.000 euros para los inversores que hayan confiado a
una entidad de crédito valores u otros instrumentos financieros.
Además de ofrecer estas dos garantías, distintas y compatibles, el Fondo
tiene por objeto también la realización de actuaciones que refuercen la
solvencia y funcionamiento de una entidad de crédito en dificultades.