viernes, 24 de septiembre de 2010

¿Qué es el Tercer Estado?


“ El plan de este escrito es muy simple. Nos planteamos tres preguntas:
1º ¿ Qué es el Estado llano? Todo.
2º ¿ Que ha sido hasta el presente en el orden político? Nada.
3º ¿ Qué pide? Llegar a ser algo.

¿ Quién osaría decir que el estado llano no contiene en sí todo lo necesario para formar una nación completa?.
Es un hombre fuerte y robusto, que tiene aún un brazo encadenado.
Si se hiciera desaparecer el orden privilegiado, la nación no sería menos, sino más.
Y ¿qué es el Estado llano? Todo, pero un todo trabado y oprimido.
¿Y que sería sin el orden privilegiado? Todo, pero un todo libre y floreciente.
Nada puede funcionar sin él, todo andaría infinitamente mejor sin los demás.
No basta haber mostrado que los privilegiados, lejos de ser útiles a la nación, no pueden sino debilitarla y dañarla.
Es menester probar aún, que el orden noble no entra en la organización social; que puede ser ciertamente una carga para la nación, pero que no sabría formar una parte de ella(...).
¿ Qué es una nación? Un cuerpo de asociados que viven bajo una ley común y representados por una misma legislatura.
¿No es evidente que la nobleza tiene privilegios, dispensas, incluso derechos separados de los del gran cuerpo de ciudadanos? Por esto mismo sale de la ley común y por ello sus derechos civiles lo constituyen en pueblo aparte de la gran nación.
Respecto a sus derechos políticos, también los ejerce separadamente.
Tiene sus representantes que no están encargados en absoluto por procuración de los pueblos. El cuerpo de sus diputados se reúne aparte. Pero aún cuando se reunieran en una misma sala con los diputados de los simples ciudadanos, no es menos verdad que su representación es distinta por esencia y separada. Es ajena a la nación por principio, puesto que consiste en defender no el interés general; sino el particular.
El Estado llano abarca todo lo que pertenece a la nación y todo lo que no es el Estado llano, no puede contemplarse como representante de la nación.
¿Qué es el Estado llano? Todo.” SIEYES, E. J.: ¿ Qué es el Estado llano?, 1789.

Es un texto significativo sobre los comienzos de la Revolución Francesa. En su argumento asimila la nación con el Tercer Estado. Su autor: Emmanuel Joseph Sieyés, eclesiástico, escritor y político francés.
Idea central del texto: La importancia del tercer estado dentro de la sociedad como verdadera representación de la nación.
¿ Qué es el Tercer Estado? tuvo importancia fundamental en el curso de la Revolución. político. En él se plantea la oposición que enfrentaba a los privilegiados con los no privilegiados y para resolverla acude al concepto de nación que aparece como idea central del texto.
La nación es la realidad política suprema: de su identidad depende todo lo demás, entendiéndola como cuerpo unitario de ciudadanos que ejercen una voluntad común, inalienable.
Así, inherente inherente a la definición de nación como cuerpo de asociados que viven bajo una ley común, se deduce que el estatuto de ciudadano aparece como una relación de igualdad y universalidad, y que el privilegio está excluido, porque representa un imperium in imperio necesariamente exterior al orden político.
Los privilegios, sin distinción, tienen por objeto dispensar de ley o conceder un derecho exclusivo: así la esencia del privilegio es estar fuera del derecho común.
¿No es evidente que la nobleza tiene privilegios, dispensas, incluso derechos separados de los del gran cuerpo de ciudadanos? Por esto mismo sale de la ley común...
*.- Así los órdenes privilegiados son situados por definición fuera de la nación: no pueden ser iguales y no pueden ser útiles a la sociedad. Sieyés se opone al sistema de los privilegios (ofende sus profundas convicciones antiaristocraticas y su defensa de la igualdad).
*.- Definir a la nación como poseedora de una voluntad común inalienable y unitaria, niega la Monarquía Absoluta y todas las Instituciones del Antiguo Régimen y la vuelta a la organización tradicional de los Estados Generales: Si la voluntad de la nación es la voluntad común y unitaria de un cuerpo de ciudadanos, no puede expresarse por intermedio de un cuerpo representativo organizado por Ordenes o Estados. La voluntad política unitaria sólo puede expresarse en un cuerpo representativo unitario.
En los Estados Generales, el Tercer Estado contaba con una representación política insuficiente. Además aunar las voluntades de los representantes en una voluntad común era imposible con la forma de organización estamental de los Estados Generales.
Por otro lado, Clero y nobleza no tenían nada en común con la representación nacional (como estamentos privilegiados constituyen un grupo aparte dentro de la gran nación).
Sólo el Tercer Estado podía tener la representación nacional (abarca a todo el que pertenece a la nación y todo lo que no es el Estado llano no puede contemplarse como representación de la nación).
Por tanto el Tercer Estado podía y debía reunirse solo y prescindir del voto de la nobleza y el clero, ya que actuaban como representantes de la nación y solo él perseguía el interés general de los ciudadanos.
Únicamente de manera impropia podría el Tercer Estado ser considerado un estamento, pues no representaba sino la nación entera y carecía, por tanto, de intereses corporativos, ya que su único objeto era el interés nacional.
Así, si no podía formar en solitario los Estados Generales, podría constituir una Asamblea Nacional como expresión de la voluntad política del pueblo francés.
Las ideas expresadas en el texto tendrían su plasmación práctica en los primeros acontecimientos de la Revolución de 1789, durante la reunión de los Estados Generales (se abre en Versalles el 5 de mayo) los representantes del Tercer Estado, igualados en número a los de la nobleza y el clero, se inclinaron por la reunión en una sola sala y por una votación por individuos, (los privilegiados deseaban reunirse por separado y emitir su voto por estamentos).
Mientras nobleza y clero se reúnen en dos salas separadas, los diputados del estado llano deliberan en la gran sala que luego llamaran “ nacional”, en las deliberaciones del estado llano algunos diputados, como Sieyés, radicalizan a sus compañeros y tratan de conseguir que se les unan diputados progresistas de los otros dos estamentos.
Por fin, Sieyés decide romper con la legalidad y propone que se consideren rebeldes a los que no acudan a la asamblea del Tercer Estado.
El 17 de junio la reunión se adjudica a ésta el nombre de Asamblea Nacional.
Tres días después, al encontrar los diputados la cámara cerrada, éstos se trasladan al Juego de Pelota, donde consideraran que “ allí donde se encuentren sus miembros reunidos estará la Asamblea Nacional “ y se juramentan de no separarse jamás hasta que la constitución del reino quede establecida.
En las sesiones siguientes algunos miembros de clero y finalmente, representantes de los grupos (clero y nobleza) deciden aceptar la asamblea conjunta para elaborar la constitución.
Ese día 27 de junio, comienza la Asamblea Constituyente, primer período del proceso revolucionario.
*.- Estado: se utiliza en el texto en el sentido de definir los diversos estratos en que se divide la sociedad del Antiguo Régimen (sociedad estamental) en la que la posición del individuo se definía por su situación jurídica y por la posesión de unos privilegios determinados. Opuesto al concepto de clase social, que clasifica a los individuos en función de su posición económica.
*.- Estado llano: también llamado Común y Tercer Estado, en oposición al primero (clero) y al segundo (nobleza): agrupa a todos los individuos que no pertenecen a los estamentos privilegiados.
*.- Orden privilegiado: constituido por la nobleza y alto clero (2º y 1º estado).
La sociedad del Antiguo Régimen se componía de tres ordenes o estamentos: el clero, la nobleza y el Tercer Estado o estado llano.
Cada uno de estos estamentos se diferenciaba de los otros por tener un código de leyes propias que les concedían unos privilegios (alto clero y nobleza) o unos derechos y deberes (Tercer Estado)
La Organización Estamental suponía:
*.- La desigualdad social basada en la aceptación durante generaciones de unos derechos y deberes hereditarios que son mantenidos por los estamentos y por el Estado.
*.- Los estamentos privilegiados son grupos sociales cerrados, en los que no se deja entrar a nadie que no acredite su nobleza heredada (“honor”) u otorgada por el rey (“ mérito”). Hasta el siglo XVIII la nobleza, el alto clero y la Corona compartieron el poder dentro de una estructura social estable.
*.- El espíritu conservador de nobleza y alto clero se mantuvo gracias a una serie de “ vínculos “ jurídicos legales (derechos señoriales), político-sociales (monopolio de los altos cargos) o económicos (vinculación de las propiedades rurales).
El esquema tradicional de la Edad Media admitía la existencia de tres estamentos o estados fundamentales: la nobleza (militares o caballeros), el clero y el estado llano(los labradores o trabajadores).
Esta división tripartita de la sociedad tenía su reflejo en la división de las Cortes o Estados Generales en tres estados, brazos u ordenes.
Los estamentos se concebían como agrupaciones rígidas a las que se pertenecía por designio divino, manifestado a través del nacimiento.
En la sociedad esencialmente agraria del Antiguo Régimen, labrador-trabajador y labrador-campesino tendieron a confundirse, de ellos se diferenciaban los mercaderes (miembros de una burguesía urbana) que, gracias a su riqueza, conquistaron formas de vida distintas a las del campesinado.
Sin embargo, aunque los mercaderes poseían el poder económico, el ascenso a los estamentos superiores les era negado, por la ley y la costumbre, a los burgueses enriquecidos (pese a las numerosas ventas de títulos y a los matrimonios con que los nobles empobrecidos aceptaban para poder rehacer sus fortunas, únicas dos vías de ascenso social).
Esta ausencia de movilidad social contribuyó a unir a todo el Tercer Estado en un frente común contra los privilegios, un frente dirigido por la burguesía, que lograría derribar el viejo orden social e instaurar una nueva sociedad estructurada en clases, donde la posición del individuo no estaba ya, en teoría, definida y limitada por su nacimiento.
El Tercer Estado consiguió variar su status jurídico a medida que la burguesía fue adquiriendo fuerza.
En el siglo XVIII, en Francia, adquirió toda su fuerza política al convocarse los Estados Generales (1788) y pronto se llegó a la identificación ideológica entre Tercer Estado y nación (Sieyés), como un mito político eficaz contra las fuerzas del Antiguo Régimen.
Los grupos burgueses tomaron la dirección del Tercer Estado y se constituyeron en su conciencia histórica, a la vez que se ganaron al campesinado con una decisiva reforma agraria.
Sin embargo, el proceso revolucionario que culminó en 1793 perfiló ya con claridad el conflicto de intereses y de valores que, dentro del tercer estado, enfrentaba a las distintas clases sociales (burguesía en sus diversas capas, artesanado, campesino, proletariado); así entonces se produjo la oposición entre la alta burguesía y los sans-culottes. Las revoluciones burguesas y las industriales rompieron definitivamente su unidad interna, para abocar en la aparición del proletariado (calificado como Cuarto Estado) como clase antagónica a la burguesía.
Es un texto importante para el conocimiento de algunos aspectos sociales de la revolución, pues es una manifestación de las ideas de los grupos revolucionarios moderados al comienzo de la Revolución Francesa, trascendente para explicar los inicios del proceso revolucionario. En este famoso ensayo Sieyés ensalza al tercer estado como clase protagonista de la revolución, definiendo al “ tercer estado “ y criticando los privilegios de la nobleza.

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